Micelio
Auto30 de agosto de 2001

A- de 2001

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Gonzalez Segrera Nelson·Demandado Fiscalia Decima Delegada

Tema · dato duro
Nulidad Por Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado en la tutela a partir del auto proferido por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, toda vez que la actuación surtida no es ajustada a derecho, pues se adelantó con fundamento en la competencia establecida por el Decreto 1382 de 2000, cuyo contenido material es contrario al ordenamiento superior, toda vez que modificó la competencia para conocer de las acciones de tutela.

En consecuencia, se ordenó remitir el expediente a la citada Sala para que continúe con el trámite de esta acción de tutela, por haber sido la autoridad judicial inicialmente escogida por el accionante, de conformidad con el Decreto 2591 de 1991.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DECLARAR la nulidad de todo lo actuado en la presente acción de tutela, a partir del Auto de fecha 28 de febrero de 2001 proferido por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena.
  2. Segundo. ORDENAR que por la Secretaría General de esta Corporación se remita el expediente a la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, para que de manera inmediata continúe con el trámite de esta acción de tutela, por haber sido ella la autoridad judicial inicialmente escogida por el accionante, de conformidad con el Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.